Jueves 24.05.2012
| Actualizado 20.39
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EL ministro de Justicia ha anunciado una modificación -o quizá derogación- de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva de 2010. Sin duda lo más relevante de este adelanto de Ruiz-Gallardón es que se vaya a privar a las mujeres de la capacidad de decidir sobre su maternidad, algo tan íntimo e intransferible. Porque, la vuelta a la ley de 1985 significa el retroceso a la minoría de edad de las mujeres, dependientes de decisiones ajenas y obligadas casi por norma a mentir. El sistema de indicaciones incorporado al Código Penal de 1973 -a través de la Ley Orgánica 9/1985- por el sistema de plazos, es el presupuesto básico de la protección penal de la vida humana en formación, estableciendo, al mismo tiempo, los criterios legales concretos de no punibilidad del aborto. Por lo que hablar, como hizo el ministro, de los supuestos "de inexistencia de reproche penal" en caso de aborto es una expresión retórica que no excluye que puede conducir al castigo de las mujeres que aborten.
Nuestro Derecho es claro: es el nacimiento lo que determina la personalidad y al concebido se le tiene por nacido -para todos los efectos que le sean favorables-, siempre que el feto tuviera forma humana y viviese 24 horas enteramente desprendido del seno materno (artículos 29 y 30 del Código Civil ). El hecho de que el nasciturus, el concebido y no nacido, pueda alcanzar la personalidad con el cumplimiento de esas condiciones no implica un reconocimiento a efectos jurídicos de la existencia de vida en el feto desde el mismo momento de la concepción, sino que pone de relieve que es un bien constitucionalmente protegido por el artículo 15 de nuestra norma fundamental, como señaló el Tribunal Constitucional. Una cosa es que la vida humana en gestación sea un valor a proteger jurídicamente, y otra distinta que el nasciturus tenga derecho a nacer.
Por consiguiente, no se puede plantear la cuestión, como confunde Gallardón, entre una colisión del derecho a la vida y un hipotético derecho de abortar que conferiría a la mujer la ley de 2010. Tan irreal es ese pretendido derecho a abortar como sostener que desde la fecundación se posee entidad de ser humano.
Doctor en Derecho Público

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