Jueves 24.05.2012
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| Jaime Maiz Sanmartín en un taxi poco después de quedar en situación de libertad provisional |
El Juzgado de Instrucción número 3 de Cambados fue escenario ayer de la audiencia preliminar celebrada para dar traslado a las partes del acto de apertura de juicio oral en el caso de la muerte de Mari Luz Posse, de la que está acusado su ex pareja sentimental, el guardia civil Jaime Maiz Sanmartín, quien confesó la autoría del crimen que tuvo lugar el 16 de diciembre de 2007 en el cuartelillo de Cambados.
Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Galicia precisaron ayer que tanto la Fiscalía como la acusación particular y la defensa se mostraron de acuerdo con esta decisión y no introdujeron modificaciones en relación a sus escritos provisionales.
La representación legal de la familia de Mari Luz Posse formalizó la semana pasada en el juzgado cambadés el escrito de acusación, en el que solicita para Jaime Maiz Sanmartín 20 años de prisión por asesinato, lo mismo que el representante del Ministerio Público.
Además de la pena de prisión, la acusación particular pide una indemnización de 50.000 euros para los hijos y familia de la víctima en concepto de responsabilidad patrimonial.
Tras la audiencia que se celebró ayer, la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Cambados dictará el auto de apertura de juicio oral, con el que el sumario se elevará a la Audiencia Provincial de Pontevedra.
El acusado, en libertad provisional desde el mes pasado, debe comparecer a diario en un juzgado de Ferrol y no puede entrar en el término municipal de Cambados ni acercarse a los familiares de la víctima.
sucesos@elcorreogallego.es
Dos años de prisión por un ataque de celos
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra impuso una pena de dos años de prisión a Pablo P.L., un vecino de la parroquia pontevedresa de Tomeza que agredió a un amigo que había acompañado a la que fue su pareja sentimental a comprar tabaco.
Aunque el acusado negó la agresión durante la celebración de la vista oral, el Tribunal consideró probado que, en junio de 2007, el procesado propinó un puñetazo en la cara a su amigo porque éste se fue con su novia a comprar tabaco y tardaron dos horas en regresar. Según la sentencia, llegado un momento, y molesto por la tardanza, Pablo P.L. salió al encuentro de ambos, y cuando los localizó golpeó sin mediar palabra a su amigo, al que ahora debe indemnizar con 1.200 euros por las lesiones que le causó y con otros 6.000 por las secuelas derivadas de las mismas.
La víctima manifestó durante el juicio que su amigo sospechó que pasó algo entre él y su novia, cuando realmente sólo se entretuvieron tomando unas copas. Respecto a la mujer que originó la disputa, los implicados afirmaron que era brasileña, trabajaba en un club de alterne y que, desde entones, no volvieron a saber de ella .
